
2. La Constitución del Reich alemán será cumplida en Alsacia- Lorena a partir del 1 de enero de 1873. Partes aisladas de la Constitución podrán ser puestas en vigor antes por orden del Emperador con el consentimiento del Consejero Federal...
3. El Emperador ejerce la autoridad pública en Alsacia - Lorena. Hasta la entrada en vigor de la Constitución del Reich, el Emperador debe obtener el consentimiento del Consejo Federal para el ejercicio del poder legislativo y, por otra parte, el consentimiento del Reichstag para autorizar empréstitos o dar garantías en nombre de la Alsacia- Lorena, cuando pudiera resultar de ello una carga para el Reich. Durante este periodo se hará un informe anual al Reichstag de las leyes y ordenanzas generales dictadas, así como de la marcha de la administración. Después de la puesta en vigor de la Constitución del Reich, y hasta que se decida otra cosa, el poder legislativo será ejercido mediante leyes del Reich, incluso en los casos en los que el poder legislativo en los Estados Confederados no pertenece al Reich.
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Proclamación del II Reich alemán (1871) |
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Guillermo I, Primer Emperador de Alemania |
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